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Salvaguarda Petroglifos

ACTO DE CONOCIMIENTO PÚBLICO

ANTE LAS ACCIONES EN CONTRA DE LOS BIENES DE INTERÉS CULTURAL – BIC, PETROGLIFOS DE LA VEREDA LAS CUEVAS – Y TERRENO PRIVADO SEDE DE LA FUNDACIÓN RUMI KILKA

MUNICIPIO DE EL CONTADERO – NARIÑO – COLOMBIA

PRESENTADO A LAS AUTORIDADES TRADICIONALES DEL CABILDO INDÍGENA DE ALDEA DE MARÍA – PUTISNÁN

 

PRESENTADO EL 10 DE MAYO DE 2020

 

CON COPIA:

INSTITUTO COLOMBIANO DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA – ICANH.

MINISTERIO DE CULTURA.

ALCALDÍA DE EL CONTADERO – NARIÑO.

GOBERNACIÓN DE NARIÑO

 

PROBLEMÁTICA

 

La problemática se presenta mediante acciones de deterioro por medio del maltrato de moradores del sector de la vereda Las Cuevas contra los petroglifos y territorio, que ancestralmente se identifican con los siguientes nombres y que, por falta de conocimiento cultural, han venido atentando con ideas de ampliación de camino privado, con intención de hacerlo público.

 

Se observa afectado el contexto de la Piedra Plancha, Piedra Pachamama (de la tierra), Piedra del agua (invierno), Piedra del verano (fuego) y Piedra del viento (de los churos, o del aire), esto porque no se sabe, o no se tiene el suficiente conocimiento sobre las piedras cercanas que se encuentran en relación a estos petroglifos. Pues no sólo puede tener significado el petroglifo, también lo puede tener el lugar donde se encuentra, el contexto que incluye las demás piedras cercanas y esto todavía no se sabe, por ello es importante realizar nuevos estudios que continúen descifrando el saber ancestral.

 

NORMATIVIDAD

 

Legislación y Protección del Patrimonio Arqueológico de la Nación. La protección del patrimonio arqueológico de la Nación es un deber del Estado, las autoridades y la ciudadanía en general, tal como lo consagra la Constitución Política de Colombia en el artículo 8º. Igualmente, el artículo 72 especifica que el patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles…

 

Ley 397 de 1997, considerada la Ley General de Cultura, por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política Colombiana y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura y se crea el Ministerio de la Cultura como organismo rector de la cultura, encargado de formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo, según los principios de participación contemplados en esta ley.

 

Ley 1185 de 2008, por la cual se modifica y adiciona a la ley 397 de 1997 y se dictan otras disposiciones. Principalmente el Artículo 1°, que define la Integración del patrimonio cultural de la Nación estando este constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico.

 

En el numeral “a)”, contemplado en este artículo expresa que los Objetivos de la política estatal en relación con el patrimonio cultural de la Nación, será principalmente la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del mismo, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro y para el logro de dichos objetivos, los planes de desarrollo de las entidades territoriales y los planes de las comunidades, grupos sociales y poblacionales incorporados a estos, deberán estar armonizados en materia cultural con el Plan Decenal de Cultura y con el Plan Nacional de Desarrollo y asignarán los recursos para la salvaguardia, conservación, recuperación, protección, sostenibilidad y divulgación del patrimonio cultural.

 

Decreto 2667 de 1999, por el cual se crea el Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH-, como entidad adscrita al Ministerio de Cultura y es la institución competente en el territorio nacional respecto del manejo del patrimonio arqueológico. A su cargo está la autorización de exploraciones o excavaciones de carácter arqueológico, el registro de los bienes integrantes del patrimonio arqueológico, efectuar declaratorias y emitir conceptos de carácter arqueológico, autorizar la tenencia de bienes muebles pertenecientes a dicho patrimonio y otorgar los permisos de exportación temporal para las piezas arqueológicas.

 

El ICANH es de carácter preventivo, destinado a minimizar la pérdida del conocimiento arqueológico, fomentando su conocimiento e importancia y estimulando acciones para su uso social y la recuperación patrimonial.

 

Decreto 763 de 2009, en su artículo 54, expresa sobre el Régimen Especial del Patrimonio Arqueológico que se rige con exclusividad por lo previsto en los artículos 63 y 72 de la Constitución Política, en lo pertinente por los artículos 12 y 14 de la Ley 163 de 1959, por el artículo 6° de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 3° de la Ley 1185 de 2008 y demás normas pertinentes, el artículo 1° del Decreto 1397 de 1989, así como por lo establecido en el Decreto 833 de 2002 y las disposiciones del presente título.

 

El decreto 763 de 2009, da a conocer el sentido de los Planes Especiales de Manejo y Protección –PEMP–. En el artículo 14 manifiesta el objetivo de los PEMP, considerándolos como un instrumento de gestión del patrimonio cultural de la Nación, mediante el cual se establecen acciones necesarias con el objetivo de garantizar la protección, conservación y sostenibilidad de los BIC o de los bienes que pretendan declararse como tales, teniendo en cuenta el juicio de la autoridad competente si dicho Plan se requiere.

 

Decreto 2941 de 2009, por el cual se reglamenta parcialmente la ley 397 de 1997 modificada por la ley 1185 de 2008, en lo correspondiente al patrimonio cultural de la nación de naturaleza inmaterial. En el artículo 8°, se da a conocer los campos de alcance de la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial- LRPCI, que se podrá integrar con manifestaciones que correspondan a uno o varios de los campos de: Lenguas y tradición oral, organización social, conocimiento tradicional sobre la naturaleza y el universo, medicina tradicional, producción tradicional, conocimientos, técnicas y tradiciones asociadas a la fabricación de objetos artesanales, artes populares, actos festivos y lúdicos, eventos religiosos tradicionales de carácter colectivo, conocimientos y técnicas tradicionales asociadas al hábitat, cultura culinaria, patrimonio cultural inmaterial asociado a los espacios culturales.

 

Decreto 833 de 2002. Emanado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH, sobre patrimonio arqueológico, para evitar la separación o extracción arbitrarias de estos bienes de su contexto arqueológico que representa una forma de afectación o perdida de la información arqueológica y, en consecuencia, un deterioro significativo del patrimonio. La destrucción, devastación y saqueo de lugares de riqueza arqueológica, la extracción, comercio y trasferencia a cualquier título de los bienes que conforman el patrimonio arqueológico los cuales se encuentran fuera del comercio, constituyen modalidades de deterioro en la conjunción estructural de la información científica asociada a los bienes materiales y por lo mismo representan acciones reconocidas internacionalmente como generadores de un irreparable empobrecimiento del patrimonio cultural de las naciones.

 

Resolución 083 de 2010. Del Ministerio de Cultura, por la cual se desarrollan algunos aspectos técnicos relativos al patrimonio cultural de la nación de naturaleza material. En el artículo 28 da a conocer las intervenciones mínimas que se pueden efectuar en los BIC muebles, siendo las siguientes:

 

Limpieza superficial para eliminar la suciedad acumulada como polvo, hollín, excrementos y basuras, siempre y cuando este procedimiento no genere deterioro ni afecte la integridad del bien, ni utilice productos químicos ni abrasivos.

 

Eliminación mecánica de plantas menores, musgos y líquenes localizados en el entorno del bien y de manera puntual en los monumentos, siempre y cuando el deterioro sea superficial.

 

Remoción de elementos ajenos a la naturaleza del bien, tales como puntillas, clavos, cables, ganchos, grapas, cintas, instalaciones eléctricas e hidráulicas sin funcionamiento, cuya eliminación no afecte la integridad del bien.

 

Cambio de bastidor y montaje.

 

Todas las acciones de conservación preventiva mencionadas en el artículo 42 del Decreto 763 de 2009.

 

OTRAS NORMATIVAS, que sean necesarias para proteger y salvaguardar el Patrimonio de Interés Cultural – BIC de la vereda las Cuevas y del municipio de El Contadero - Nariño. Principalmente, desde el pensamiento ancestral que manifiesta que los petroglifos son libros contenedores de la escritura ancestral indígena, de los mapas cósmicos.

 

 

Por otra parte, desde el contexto histórico del Pueblo Indígena Putisnán, que fue una comunidad perteneciente al Pueblo Indígena de los Pastos y que se asentó en este territorio que hoy es el municipio de El Contadero, en el tiempo de la colonia recibe gran influencia europea y en el sector de la vereda las Cuevas, al igual que en resto del municipio quedan rastros de dicha identidad indígena. Estos rastros, permitieron fortalecer el proceso de rescate del Cabildo Indígena de Aldea de María – Putisnán, adelantado desde 1996, tiempo, desde el cual, se vienen realizando diversas actividades de fortalecimiento de la identidad cultural, entre ellas está el estudio y apropiación del significado de los petroglifos como centros ceremoniales, mojones o lugares sagrados, estudios que han concretado la existencia de más de 50 petroglifos y otra cantidad que se continua encontrando en las cementeras y en los montes, esto ha hecho considerar al municipio de El Contadero como el único contenedor, de tan gran cantidad de petroglifos, en todo el departamento de Nariño. Sobresaliendo el petroglifo de los lobos, que es el único en su estilo, que da a conocer escenas reales de la vida desde la naturaleza de los animales, los lobos de páramo.

 

Mediante algunas gestiones, se ha logrado en el año 2008 aproximadamente, proteger dos petroglifos en la vereda las Cuevas, el de los lobos y la Piedra Plancha, continuando el resto desprotegidos y ante el contacto humano y climático, que los está deteriorando considerablemente a causa del desconocimiento de su importancia cultural. Los dos petroglifos se los ha encerrado con malla y postes de cemento como se muestra en las siguientes imágenes.

 

La situación se hace más grave, cuando se exige la ampliación del camino, sin tener en cuenta el contexto arqueológico e incluso pensando en destruir el petroglifo Piedra Pachamama, para pasar el camino grande o carretera. Sin reflexionar, ni caer en cuenta que es una pequeña entrada privada, camino de a pie hasta la casa de habitación de la señora Laura Moran y que por amistad se dio permiso a los señores Romero, permitiéndoles pasar por el filo de las cementeras desde la casa de la señora Laura hasta su terreno. Siendo ellos cuidadosos de no causar daños. Ahora, no cabe la idea de carretera ni la intención de convertir la entrada privada en camino público, para que transite más gente de lo acostumbrado, incrementando los daños al terreno y a los petroglifos.

 

El lugar, a pesar del desconocimiento de los moradores jóvenes de la vereda las Cuevas, cabe destacar, que al igual, que lo manifestado por el investigador Armando Quijano Vodniza, 2017, es un sector propio para continuar investigaciones arqueológicas en el contexto de la presencia de muchas piedras enterradas o situadas en la quincha de monte ubicada en los terrenos de los herederos de don Miguel Ángel Morán y de la señora Laura Morán, piedras que por su tamaño y forma pueden estar dentro del significado de la identidad cultural del pueblo Putisnán – Pasto. Por otro lado, en dicho sector se ha encontrado cerámicas en huacas o entierros indígenas con lo se incrementa el sentido ancestral. Sin embargo, como no se cuenta con los recursos, para adelantar nuevos estudios arqueológicos, estas piedras son menospreciadas, incluso hay la intención de sacarlas o explotarlas.

 

CONTEXTO INVESTIGATIVO SOBRE EL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO PRESENTE EN LA VEREDA LAS CUEVAS

 

Los proyectos investigativos que han sido esenciales para dar valor a estas herencias arqueológicas de la vereda las Cuevas, han sido las adelantadas por James Ariel Cárdenas Morán, un trabajo de grado desde la licenciatura en filosofía y letras de la universidad de Nariño en el año 2009 llamado “La Palabra Petrificada En El Resguardo Indígena De Aldea De María, Gran Pueblo De Los Pastos, Municipio De El Contadero Nariño, Iniciando El Desencanto, Primera Parte”. En esta investigación se hace una aproximación al significado de los petroglifos existentes en este territorio.

 

En el 2014, se realiza el “Documento de Análisis Territorial del Pueblo Indígena de los Pastos – Nudo de la Guaca. Asociación de Cabildos Indígenas Zona Ipiales ACIZI. Un documento encaminado al análisis de los pueblos indígenas pastos proyectados a la viabilidad del turismo en sus diversas expresiones, en este documento de incluye a la Aldea de María - Putisnán, reconociendo el valor de los petroglifos y de la identidad cultural presente en sus habitantes y ecología.

 

En el año 2017, el profesor Armando José Quijano Vodniza de la Institución Universitaria CESMAG, después de un arduo trabajo de campo y análisis investigativo realiza la publicación del libro “Apropiación social de las piedras sagradas del Cabildo Pasto de la Aldea de María”, en el cual se profundiza sobre el significado de los petroglifos desde la astronomía en relación con la cosmovisión del pueblo Putisnán – Los Pastos.

 

En el mismo sentido de salvaguarda, el Cabildo Indígena de Aldea de María – Putisnán, profesores y estudiantes de la Institución Educativa San Carlos del casco urbano de El Contadero han adelantado procesos de divulgación del valor de los petroglifos.

 

Finalmente, en el 2019, habitantes de la vereda las Cuevas crearon la Fundación Rumi Kilka, una institución encaminada a la promoción de la educación ambiental, cultural y ecoturística de esta región y es en este contexto que se adelanta la organización del Museo Arqueológico Taita Edgar Putisnán. Desde esta perspectiva se propone recientemente, importantes avances frente al estudio y puesta en valor del patrimonio cultural, alrededor del concepto de paisaje cultural y la valorización del patrimonio arqueológico en el marco de estrategias que fortalezcan la identidad cultural del territorio. Se propone la creación de un museo arqueológico y difundir la identidad cultural desde un programa educativo y ecoturístico.

 

Pero, es notable la ausencia de rubros para el proceso investigativo, aspecto que avanza lentamente hacia los estudios en tradiciones medicinales, culturales, turísticas, rituales, materiales arqueológicos, entre otros.

 

RESULTADOS

 

Treinta (30) folletos de concienciación y salvaguarda de la riqueza arqueológica del municipio de El Contadero – Nariño entregados a la comunidad de la vereda las Cuevas.

 

Un (1) documento de respuesta del ICANH que contiene un concepto técnico elaborado por los profesionales en conservación del Grupo de Patrimonio, quienes presentan recomendaciones y un plan de acción para que sea tenido en cuenta por la comunidad en pro de proteger el patrimonio arqueológico allí presente.

 

Una (1) resolución de parte de la Alcaldía Municipal de El Contadero (N) que fomenta la protección y salvaguarda de petroglifos en la vereda las Cuevas de este municipio.

 

Una (1) resolución de tenencia de piezas arqueológicas (cerámicas) a nombre de la Fundación Rumi Kilka emitida por el ICANH, lo cual ha permitido ir organizando el museo arqueológico a partir del año 2020 y que promociona el conocimiento y significado del patrimonio cultural.

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